El Pleno del Tribunal de Cuentas aprobó en su sesión de 29 de junio de 2022, el Informe de fiscalización de la aplicación por las Autoridades Portuarias de las medidas de reactivación económica en el sector del transporte durante el ejercicio 2020 y su incidencia sobre la planificación estratégica del sistema portuario.
El Pleno del Tribunal de Cuentas aprobó, en su sesión de 22 de diciembre de 2020, el Programa de Fiscalizaciones correspondiente al año 2021, que incluye, dentro de las fiscalizaciones programadas por iniciativa del propio Tribunal, la “Fiscalización de la aplicación por las Autoridades Portuarias de las medidas de reactivación económica en el sector del transporte durante el ejercicio 2020 y su incidencia sobre la planificación estratégica del sistema portuario estatal”. Asimismo, en su reunión de 28 de enero de 2021, acordó, a propuesta del Consejero ponente, el inicio de este procedimiento fiscalizador. El Pleno aprobó las directrices técnicas conforme a las cuales se ha
desarrollado la Fiscalización en su sesión de 25 de marzo de 2021.
La Fiscalización tiene por finalidad el análisis de la aplicación de las medidas de reactivación económica en el sector del transporte marítimo para hacer frente al impacto del COVID-19 y la incidencia de dichas medidas sobre la planificación del Sistema Portuario Estatal (SPE), así como su sometimiento a la normativa reguladora de cada una de las medidas. Se configura como una fiscalización de cumplimiento y operativa o de gestión, según lo dispuesto en las Normas de Fiscalización del Tribunal de Cuentas.
Asimismo, se ha verificado la observancia durante el periodo fiscalizado de la normativa en materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en todo aquello que pudiera tener relación con el objeto de las actuaciones fiscalizadoras.
La crisis sanitaria del COVID-19 trajo como consecuencia una caída de la actividad portuaria, sobre todo en el primer periodo de estado de alarma, decretado en marzo de 2020, que se materializó en una disminución del tráfico portuario, en especial de pasajeros, cuyo descenso fue del 72 %, porcentaje resultante de una disminución del tráfico de pasajeros en transporte regular del 63 % y en cruceros del 97 %. En términos acumulados, en los diez meses transcurridos desde la
declaración del primer estado de alarma hasta el final del año 2020, la contracción del tráfico de mercancías respecto del mismo periodo del ejercicio anterior fue del 10 %, siendo mínimo el descenso, en un 1 %, de las mercancías transportadas en contenedores, mientras que las mercancías convencionales y los graneles descendieron un 15 %.
La pandemia motivó la adopción de una serie de medidas de ámbito sanitario, social y económico para proteger la salud y contrarrestar los efectos negativos en la economía.
REPERCUSIÓN DE LA APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS DE REACTIVACIÓN ECONÓMICA
La aplicación de las medidas de reactivación económica en el transporte marítimo provocó una disminución de los ingresos del SPE del ejercicio 2020 provenientes de las tasas de ocupación, de actividad y del buque, así como de los derivados de la falta de penalización por el incumplimiento del tráfico o actividad mínimos pactados en los títulos concesionales, por un importe conjunto, estimado por las Autoridades Portuarias de 53.637.391 euros.
Por tipos de ingresos, el coste superior para las AAPP correspondió a la recaudación de la tasa de ocupación, que ascendió a 20.734.515 euros, un 38,6 % del total; le siguió la menor recaudación de los ingresos por la exigibilidad de unos tráficos mínimos, por un importe de 14.124.441 euros, un 26,3 % del total, si bien alrededor del 50 % de este importe correspondió a la AP de Bahía de Algeciras, siendo el impacto menor en los ingresos de la tasa del buque, 7.861.920 euros, un 14,6 %.
Por AAPP, las de Bahía de Algeciras, Barcelona, Las Palmas, Valencia y Baleares asumieron un mayor coste por la aplicación de las medidas, representando todas ellas en conjunto el 63,7 % del coste total del SPE. Por lo que se refiere a la tasa de ocupación, destaca la disminución de su recaudación sobre todo en las AAPP de Barcelona y Bilbao, con un importe superior a 2 millones de euros, seguidas de las AAPP de Las Palmas, Valencia y Baleares, con más de 1.300.000 euros;
en cuanto a la tasa de actividad, las principales repercusiones correspondieron a las AAPP de Las Palmas, Bahía de Algeciras y Castellón, con incidencias superiores a 2 millones cada una; respecto a la tasa de buque, las que experimentaron una mayor bajada fueron las AAPP de Baleares, Barcelona y Valencia; y, por último, cabe destacar en la disminución de ingresos por no aplicar la penalización debida a la exigibilidad de un tráfico o actividad mínimos, las AAPP de Bahía de Algeciras y Las Palmas.
En cuanto a la tasa de actividad, de los 4.119 títulos concesionales al inicio de la declaración del estado de alarma que llevaban incorporados tasa de actividad, se recibieron 729 solicitudes para acogerse a la medida de reducción de tasa, lo que representó un 17,7%. De estas 729 solicitudes, hasta el 30 de septiembre de 2021, se habían aprobado 522, lo que equivalía al 71,6 % del total. Las AAPP que recibieron un mayor número de peticiones, más de 50, fueron las de Bahía de Algeciras, Castellón, Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife.
En su conclusiones el Tribunal de Cuentas hace dos recomendaciones importantes:
- Sería conveniente, en el caso de que se aprobase una nueva regulación de materias de aplicación al conjunto del SPE, que esta contara con una mayor precisión normativa, incluyendo criterios objetivos y uniformes, para evitar la aparición de conceptos jurídicos indeterminados que permitan a las distintas AAPP aplicar un tratamiento desigual a agentes portuarios que se encuentran en situaciones similares.
- Se considera conveniente que Puertos del Estado apruebe unas directrices para el Sistema Portuario Estatal aplicables a la construcción de nuevas infraestructuras portuarias, con la finalidad de que se tenga en cuenta la incidencia sobre las infraestructuras proyectadas de la actividad y de la capacidad portuaria de los puertos del entorno.
Transparencia
En el informe se relata que se ha puesto de manifiesto que, en general, todas las AAPP publican la información referente a sus funciones, así como su organigrama actualizado; sin embargo, cuatro AAPP no cumplen con la obligación de publicar separadamente su normativa, (Bilbao, El Ferrol-San Cibrao, Motril, y Santander); y seis AAPP no publican el perfil ni la trayectoria profesional de los responsables de los diferentes órganos, ( Bahía de Cádiz, Bilbao, Ferrol-San Cibrao, Las Palmas, Marín-Ría de Pontevedra y Vilagarcía de Arousa).
El artículo 8 de la Ley de Transparencia establece la obligatoriedad de publicar los siguientes actos de gestión administrativa con repercusión económica o presupuestaria: los contratos, la relación de los convenios suscritos, las subvenciones concedidas, los presupuestos, las cuentas anuales junto con los informes de auditoría y las retribuciones de los altos cargos e información estadística sobre el desempeño de su actividad.
En resumen, los portales de internet de las siguientes AAPP presentan deficiencias en la publicación de la información regulada en la Ley de transparencia: Alicante, Avilés, Bilbao, Bahía de Cádiz, Cartagena, Ceuta, Ferrol-San Cibrao, Málaga, Melilla, Marín-Ría de Pontevedra, Motril, Santander, Tarragona, Valencia y Vilagarcía de Arousa.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, puede afirmarse que, aunque el cumplimiento de los preceptos relativos a la publicación de información en los portales de internet de las AAPP haya experimentado una mejoría, todavía sigue siendo deficiente.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 29-06-2022