El pasado 5 de abril, el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos ha requerido a la Autoridad Portuaria de Las Palmas que se abstenga de promover, amparar, dar cobertura o permitir que una Ingeniera Técnica Topógrafa a su servicio realice actividades reservadas a la profesión regulada de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, toda vez que, según una nota emitida por dicho colegio, dicha Autoridad la ha nombrado responsable de infraestructuras, puesto con las siguientes funciones:
- De planificación de proyectos y obras en el puerto
- De control y seguimiento técnico y económico de las obras realizadas para la Entidad
- De llevar a cabo el reconocimiento final de las obras propias y de las concesiones
- De elaborar proyectos de infraestructuras portuarias
Y dichas funciones en toda su extensión sólo corresponde a los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. En ese sentido la única profesión que en la Base de Datos de Profesiones Reguladas de la Comisión Europea aparece con competencias no limitadas en el ámbito de las infraestructuras portuarias es la Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos
Según el órgano colegiado, «la Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos es una profesión regulada de colegiación obligatoria. El ejercicio de actividades propias de la profesión de ingeniero de caminos sin el título constituye un acto de intrusismo que el Colegio persigue».
Junto con el combate del intrusismo en sentido estricto el Colegio aclara que «realiza una profusa defensa de las competencias e intereses de la profesión. Sin esa defensa, el campo de actuación de los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos se reduciría y otras profesiones lo invadirían. Contra las reservas de actividad injustificadas se defiende que los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos puedan intervenir en todas las actividades profesionales para las que hayan adquirido, con el cursado y superación de la titulación habilitante, los conocimientos técnicos necesarios. También se realizan acciones para que quienes no tienen los conocimientos técnicos necesarios no puedan realizar trabajos o actividades propias de la profesión de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos».
En el último ejercicio cerrado, 2022, el Colegio interpuso 16 recursos contencioso administrativos en defensa de las competencias de la profesión y se personó en otros 14 procedimientos contenciosos. En 2022 el Colegio obtuvo 15 sentencias favorables y 69 resoluciones administrativas favorables.
Recurso contra la licitación de la remodelación del dique de La Esfinge
Por otra parte el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos ha recurrido ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales la licitación de la remodelación del dique de La Esfinge, “Prolongación del Dique de la Esfinge 4ª” fase del Puerto de Las Palmas, por los defectos del proyecto y estar redactado por técnicas no competentes.
Alega, con la base de un informe pericial elaborado, cuyo objetivo ha sido el de establecer que el proyecto utilizado como base para la licitación de las obras a ejecutar, que no viene suscrito por técnico competente y además adolece de fallos y carencias que lo invalidan para el objetivo pretendido.
El informe concluye que:
- El proyecto está redactado por técnicos incompetentes.
- La versión del proyecto puesta a disposición pública, incumple prescripciones muy relevantes efectuadas por Puertos del Estado.
- El proyecto resulta inconexo, como consecuencia de haberse realizado con documentos de diversos autores y de diferentes fechas, sin un criterio unificador suficiente por parte de las redactoras (ITOP).