El nuevo estallido bélico (sin entrar en otras consideraciones fácticas), nos recuerda revisar las coberturas de las pólizas de seguros que podamos tener contratadas para cubrir nuestros riesgos. Dejando aparte las pólizas de personas, que se estarán encargando, en la medida de lo posible, de realizar gestiones para repatriar a sus asegurados a lugares seguros, me estoy refiriendo a las pólizas de mercancías (bienes) y cascos (buques y similares).
Las cláusulas para mercancías más habituales del mercado inglés, las más empleadas en España, cuentan con una cobertura específica para los riesgos de guerra y huelgas. Son las Institute War (guerra) y Strikes (Huelgas) Clauses, que sirven para cubrir daños sufridos por las mercancías, bien derivados de un conflicto bélico (guerra), o incluso el terrorismo (incluido en la cobertura de huelgas, sin embargo). Debemos tener en cuenta básicamente, que estas coberturas se refieren a conflictos “nuevos”, y el conflicto entre Israel y Palestina, desde luego, no lo es. Para los conflictos “nuevos”, se suele incluir una cláusula de cancelación de riesgos de guerra, con un plazo de preaviso de 7 días, por lo que deberemos estar atentos, en su caso, a dicha notificación de cancelación de la aseguradora. En el caso de Israel como digo, el conflicto no es nuevo, y de hecho, este país/zona, se encuentra incluida desde hace tiempo en el listado de países excluidos según el listado CREAM (Country Risk Evaluation Model), con una nota de un 3.6, (riesgo severo) (https://www.lmalloyds.com/lma/underwriting/marine). A la vista del estallido de nuevo del conflicto, sin duda esta nota será revisada e incrementada. Es decir, que para mantener la cobertura, habremos debido previamente asegurar los envíos específicamente a Israel, pero ante el nuevo escenario, es más que probable que las coberturas se vean reducidas exclusivamente hasta puerto, o eliminadas completamente (lo más probable). Conviene estar alerta en este sentido para relaciones comerciales con dicho país.
Por lo que a las pólizas de cascos se refiere, el problema es similar. Estas se encuentran normalmente ampliadas para extenderse a los riesgos de guerra y huelgas (Institute War and Strikes Clauses Hulls-Time); sin embargo, el Joint War Committee cuenta desde hace tiempo y en la última versión JWLA-031, con Israel como zona excluida de navegación, por lo que en caso de acercarse a dicho país o sus aguas, deberá obtenerse la correspondiente autorización por parte de la compañía aseguradora, con la correspondiente sobreprima, en su caso. Como podemos observar, el mercado asegurador está preparado para hacer frente a estas contingencias, pero al mismo tiempo debemos tener presente las distintas realidades y contingencias posibles, y cerciorarnos de que la cobertura es la adecuada (zona, puerto, almacén) a nuestras necesidades, y a lo que el mercado puede ofrecer.





