Mercedes Duch, es abogada especialista en Derecho marítimo, transportes y seguros desde 1992. Y socia fundadora de San Simón & Duch desde 2001. Lidera un equipo que presta asesoramiento jurídico, en asuntos nacionales e internacionales, en todas las áreas del Derecho marítimo, Derecho de los transportes y Derecho de los seguros, así como en asuntos de comercio internacional. Dispone de una sólida red de despachos presentes en las principales ciudades españolas, estando sus profesionales estrechamente relacionados con prestigiosos bufetes internacionales.
¿Cómo ha logrado San Simón & Duch posicionarse como referente ibérico en litigios complejos de Derecho marítimo y transporte internacional?
La historia de nuestro despacho San Simón & Duch es larga: fue fundado en el año 2001 con lo que llevamos casi 25 años trabando en este apasionante sector. La posición que ocupamos no es más que el fruto y recompensa del trabajo diario de sus miembros.
Fomentamos con intensidad el estudio y facilitamos la asistencia a conferencias y congresos nacionales e internacionales. De hecho, estamos presentes en las asociaciones e instituciones más relevantes del sector tanto a nivel nacional como internacional: IBA, CMI, AIJA, WISTA, AEDM, IIDM.. Esta presencia nos permite participar activamente en procesos legislativos, posibilitándonos estar siempre al día de las principales tendencias del sector.
Trabajo, estudio y honestidad frente al cliente, no hay más estrategias para mantener un puesto consolidado como despacho de referencia en el sector.
¿Qué retos plantea hoy el Derecho marítimo ante la transformación digital de los puertos y la automatización de las navieras?
Vivimos en un momento de grandes transformaciones y de enormes cambios lo que nos hace identificar una serie de retos.
El primero de ellos sería el vacío legal frente a la automatización, por ejemplo, la necesidad de continuar trabajando en la regulación de la responsabilidad civil derivada del uso de buques autónomos o del registro y pabellón de los mismos (que es determinante del régimen legal aplicable).
El segundo sería la protección y uso de datos portuarios ya que los “Puertos inteligentes” generan y comparten datos en tiempo real (tráfico, carga, sensores IoT): surgen disputas sobre propiedad, confidencialidad y acceso a esos datos, especialmente si intervienen operadores privados y autoridades públicas de distintos países.
Como en cualquier sector, la ciberseguridad debe ser un objetivo primordial. En la actualidad, los protocolos cibernéticos están regulados de una forma muy muy básica y hay que segur trabajando en este sentido mediante las oportunas actualizaciones del Código ISPS y el Convenio SOLAS, entre otros.
La labor de la IMO está siendo esencial en este punto: las Guidelines on Maritime Cyber Risk Management (aun no siendo de obligado cumplimiento) marcarían las pautas para una futura regulación.
No podemos dejar de mencionar el aspecto “verde”: la digitalización facilita trazabilidad y monitoreo ambiental, pero también expone a riesgos de “greenwashing” si los datos no son auditables.
Podemos decir que la tendencia del Derecho marítimo sería ir hacia un modelo híbrido entre normas tradicionales y regulación tecnológica transversal, probablemente impulsado por la OMI y tratados bilaterales para puertos inteligentes.
¿Qué innovaciones legales está impulsando para afrontar disputas transfronterizas en transporte multimodal?
Sin duda hemos detectado un indudable fortalecimiento de centros arbitrales regionales: en los últimos años han cobrado relevancia centros de arbitraje dentro de América Latina y el Caribe, que han modernizado sus reglamentos para que sean idóneos para la solución de disputas con elementos internacionales.
La novedad más destacable (y ha llegado para quedarse) sería las “Online Dispute Resolution (ODR)” y la justicia digital. En Europa se parte del Reglamento (UE) No 524/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de mayo De 2013, sobre resolución de litigios en línea en materia de consumo que se irá ampliando a otros sectores.
El arbitraje y la mediación virtual ya es una realidad lo que supone un importante reto en relación con la obtención y uso de la prueba.
¿De qué manera la evolución de los riesgos globales impacta la práctica del Derecho de los seguros y la gestión de siniestros internacionales?
La evolución de los riesgos globales —cambios climáticos, ciberamenazas, disrupciones geopolíticas y pandemias— está transformando profundamente tanto la práctica del Derecho de seguros como la gestión de siniestros internacionales.
Se ha producido una ampliación y complejidad de los riesgos asegurables como riesgos climáticos extremos (aumento de reclamaciones por daños a infraestructuras críticas, puertos, buques y carga por huracanes, lluvias torrenciales o sequías prolongadas), o ciberataques a los que ya hemos hecho referencia.
Pero tal vez las situaciones que más hayan impactado en los últimos meses hayan sido las derivadas de la interrupción de la cadena de suministro: conflictos como el del Mar Rojo o bloqueos en el Canal de Panamá generan reclamaciones masivas bajo pólizas de “contingent business interruption”.
También hay que destacar la mayor frecuencia de litigios transfronterizos: los siniestros internacionales ya no se limitan a daños físicos puesto que incluyen pérdidas por restricciones gubernamentales, sanciones internacionales y actos de terrorismo.
La determinación de la ley aplicable y el foro competente es más compleja por lo que el arbitraje internacional en seguros está ganando peso frente a tribunales nacionales por su especialización y neutralidad.
Debemos también destacar que el cumplimiento normativo internacional (compliance internacional ) cobra especial importancia en el sector asegurador ya que influye tanto en el contenido del contrato de seguro y sus coberturas, como en el nivel de primas.
La prevención en este punto es esencial.
¿Qué oportunidades representa la digitalización del comercio y la logística para los marcos regulatorios marítimos y de seguros en América Latina?
La digitalización del comercio y la logística está creando un terreno fértil para modernizar los marcos regulatorios marítimos y de seguros en América Latina, con oportunidades tanto para la eficiencia como para la transparencia y la competitividad internacional.
Se está tendiendo a la armonización normativa que es esencial. También la implementación de estándares digitales comunes cobra especial importancia: implementar plataformas electrónicas para conocimientos de embarque (eB/L) y documentación aduanera, alineadas con reglas como las de la CMI y la UNCITRAL es un reto clave en la actualidad que exige un marco regulatorio concreto.
El UNCITRAL Model Law on Electronic Transferable Records (MLETR) está siendo utilizado como punto de partida en las legislaciones nacionales y el CMI está trabajando de forma intensa en las Rules for Electronic Bills of Lading. Estos trabajos legislativos buscan reconocer los efectos jurídicos ente títulos electrónicos y smart contract vinculados a transporte y seguros.
Es destacable también el fortalecimiento de la resiliencia ante riesgos globales, el uso de big data para modelar riesgos climáticos y cibernéticos específicos de la región y la necesidad de marcos regulatorios que incentiven el uso de datos para planes de contingencia y protocolos regionales ante disrupciones logísticas.
Los agentes del sector marítimo portuario vienen exigiendo desde hace tiempo una cooperación público-privada ágil: plataformas de ventanilla única marítima y logística donde interactúen aduanas, autoridades portuarias, aseguradoras y navieras resultan imprescindibles.
¿Cómo impactan los tratados internacionales y la legislación local en la práctica diaria de San Simón & Duch dentro del Derecho marítimo latinoamericano?
Como hemos indicado, San Simón& Duch se esfuerza de forma muy especial en estar involucrado en el desarrollo normativo nacional e internacional. La práctica diaria exige estudio y análisis de la legislación y de los proyectos legislativos.
Vivimos tiempos apasionantes en el Derecho Marítimo que se mueve a gran velocidad lo que exige estar presente en foros nacionales e internacionales.
Por ejemplo, la Convención de las Naciones Unidas sobre los Efectos Internacionales de las Ventas Judiciales de Buques (Nueva York, 2022) (Convención de Beijing sobre la Venta Judicial de Buques en cuya redacción el CMI tuvo un papel esencial) va a suponer un marco seguro para la venta judicial de buques, independientemente de la jurisdicción en la que se ejecute esa venta
También hay que estar muy pendientes de las modificaciones de MARPOL y demás convenios en cuanto a normativa medioambiental y exigencias de uso de combustibles, sin dejar a un lado el régimen de comercio de derechos de emisión de la Unión Europea (EU-ETS), pilar principal de la política climática y medioambiental de la Unión Europea.
¿Qué desafíos jurídicos afrontan actualmente las navieras y operadores logísticos en América Latina?
Muy importantes, ya que estamos en un momento de enormes cambios.
Es esencial eliminar las regulaciones fragmentadas y la burocracia transfronteriza. La legislación debe tender a armonizar y a ofrecer mayor seguridad jurídica.
Como hemos destacado la ciberseguridad en puertos y flotas es un punto clave: el sector marítimo es cada vez más digital, y con ello surgen nuevos riesgos legales.
Aspectos como las sanciones, bloqueos, aranceles… tiene un impacto esencial en el día a día del comercio mundial: el reto del legislador estaría en ofrecer seguridad jurídica ante una actualidad tremendamente cambiante.
Hay tres pilares que van cobrando especial importancia: sostenibilidad, respeto a los derechos de la gente del mar y diligencia debida. La Directiva (UE) 2024/1760 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad establece normas sobre las obligaciones que incumben a las grandes empresas en relación con los efectos adversos, reales y potenciales, para los derechos humanos y el medio ambiente de sus propias operaciones, de las operaciones de sus filiales y de las operaciones efectuadas por sus socios comerciales. Asimismo, establece normas sobre sanciones y la responsabilidad civil en caso de incumplimiento de dichas obligaciones.
La Directiva ayudará a la UE para que efectúe una transición hacia una economía más climáticamente neutra y ecológica, tal como se describe en el Pacto Verde Europeo y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas.
Esta Directiva se aplican a las grandes empresas de la UE y a las empresas de fuera de la UE que operen en ella por lo que su impacto es y va a ser muy importante.
Insisto en que estamos ante una actualidad marítimo portuaria verdaderamente apasionante y el reto es conseguir una legislación ágil y segura que posibilite que los actores operen con seguridad.