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jueves, 20 de agosto de 2026 · 13:50 · España ·
Zona Franca

De los puertos francos a las zonas francas: una tradición canaria abierta al comercio internacional

Zonas Francas

La vocación comercial de Canarias está estrechamente vinculada a su posición estratégica en el Atlántico. En 1852, el Real Decreto impulsado por Juan Bravo Murillo declaró francos varios puertos del Archipiélago, entre ellos los de Santa Cruz de Tenerife, La Orotava, Las Palmas, Santa Cruz de La Palma, Arrecife, Puerto de Cabras y San Sebastián de La Gomera. Este régimen introdujo franquicias aduaneras que facilitaron la entrada y salida de mercancías y se convirtieron en uno de los pilares históricos del sistema económico y fiscal canario.

La Ley de Puertos Francos de 1900 consolidó y extendió estas ventajas a todas las islas, ampliando además las franquicias a determinados impuestos sobre el consumo. Durante décadas, este modelo ayudó a compensar la lejanía y la insularidad, favoreció el abastecimiento del Archipiélago y estimuló su actividad comercial, portuaria y exportadora. Posteriormente, la Ley del Régimen Económico y Fiscal de 1972 actualizó este sistema para adaptarlo a los cambios experimentados por la economía y la fiscalidad españolas.

BOE – Gaceta de Madrid

La integración de España en la entonces Comunidad Económica Europea obligó a transformar progresivamente aquel régimen general de puertos francos. En 1991 se avanzó hacia una mayor integración de Canarias en las políticas comunitarias, se modificaron los aspectos fiscales del REF y se implantó el IGIC. La Ley 19/1994 adaptó posteriormente los instrumentos económicos canarios al nuevo marco nacional y europeo, incorporando una regulación específica para las zonas francas del Archipiélago.

Las zonas francas actuales no abarcan la totalidad de los puertos o de las islas, como sucedía con el antiguo sistema de franquicias. Son recintos delimitados y sometidos a vigilancia aduanera en los que pueden desarrollarse actividades industriales, comerciales y de prestación de servicios. Las mercancías procedentes de terceros países pueden permanecer almacenadas en ellos sin quedar sujetas, mientras continúen bajo ese régimen, a los derechos de importación y a otros gravámenes correspondientes.

La Zona Franca de Gran Canaria representa así la evolución contemporánea de una tradición histórica: aprovechar la posición atlántica de Canarias para facilitar el comercio exterior, atraer inversión y apoyar proyectos vinculados a la logística, la industria y los servicios internacionales. De los puertos francos del siglo XIX a las zonas francas del siglo XXI, permanece una misma visión: convertir las singularidades geográficas del Archipiélago en oportunidades para su desarrollo económico.

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