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Marítimo

España asume las enmiendas al Convenio Constitutivo de la Organización Marítima Internacional

En 2018, se inició un proceso de reforma del Consejo de la OMI que culminó con la adopción de una serie de enmiendas al Convenio constitutivo de la OMI que posibilitarán la ampliación de los miembros del Consejo, así como la extensión de su mandato.

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Última actualización: 10-05-2022
Por infopuertos Última actualización: octubre 5, 2022
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El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la aceptación y la manifestación del consentimiento de España para obligarse por las Enmiendas al Convenio Constitutivo de la Organización Marítima Internacional, y se dispone su posterior remisión a las Cortes Generales.

La Organización Marítima Internacional (OMI) es el organismo especializado de las Naciones Unidas responsable de la seguridad y protección de la navegación y de prevenir la contaminación del mar por los buques. Su función principal consiste en establecer un marco normativo para el sector del transporte marítimo justo y eficaz, que se adopte y aplique en el plano internacional.

En marzo de 1948, en el marco de una conferencia internacional que tuvo lugar en Ginebra, se adoptó el Convenio constitutivo a la Organización Consultiva Marítima Intergubernamental (OCMI), que en 1982 pasaría a denominarse Organización Marítima Internacional (OMI). El Convenio de 1948 entró en vigor el 17 de marzo de 1958 y España es parte del mismo desde el 23 de enero de 1962. Desde su entrada en vigor en 1958, este Convenio ha sido enmendado en ocho ocasiones; la última en 1993, entrando en vigor en 2002.

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CHR
Internacional

CHR Group Uruguay, a pillar of national logistics and a benchmark for multimodality in Latin America

Al information in: https://financialports.com/chr-group-uruguay-a-pillar-of-national-logistics-and-a-benchmark-for-multimodality-in-latin-america/

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En 2018, se inició un proceso de reforma del Consejo de la OMI que culminó con la adopción de una serie de enmiendas al Convenio constitutivo de la OMI que posibilitarán la ampliación de los miembros del Consejo, así como la extensión de su mandato. Estas enmiendas suponen básicamente una revisión de la estructura del Consejo con el fin de ajustarlo al interés de los Estados en formar parte de la OMI y a la importancia que los Estados miembros otorgan al hecho de pertenecer al Consejo de la OMI.

Principales cambios introducidos por estas enmiendas

  • El Consejo de la OMI incrementará en 12 el número de sus miembros, pasando de los 40 actuales a 52.
  • Los miembros del Consejo continuarán en funciones hasta el término de los dos periodos de sesiones ordinarios consecutivos siguientes de la Asamblea. Dado que las Asambleas se celebran normalmente cada dos años, esto significaría que los miembros tendrán un mandato de cuatro años.
  • Se aumenta el quorum del Consejo como consecuencia de la ampliación del número de sus miembros.
  • El árabe, el chino y el ruso, que ya son idiomas oficiales de la OMI, se añaden como textos auténticos del Convenio constitutivo de la OMI, complementando los actuales textos auténticos que son el español, el francés y el inglés.

Para que estas enmiendas entren en vigor, se requerirá la aceptación de dos tercios de los miembros; es decir, 117 Estados miembros sobre la base de los actuales 175. España es uno de los Estados promotores de estas enmiendas y uno de los actores principales en su culminación, por lo que se considera conveniente su aceptación.

Por su parte, el Consejo de Estado, en su Dictamen de 14 de julio de 2022, ha dispuesto que la prestación del consentimiento del Estado para obligarse mediante estas enmiendas no requiere la previa autorización de las Cortes Generales. No obstante, el Congreso y el Senado deberán ser informados de la aceptación de las mismas, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 94.2 de la Constitución Española.

TAGGED:Consejo de MinistrosConvenio ConstitutivoEnmiendasOmiOrganización Marítima Internacional
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