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jueves, 24 de septiembre de 2026 · 16:50 · España ·
Dotación marítima

Alemania flexibiliza los requisitos de nacionalidad para capitanes y oficiales de su flota

La reforma permite incorporar marinos de fuera de la UE bajo autorización excepcional y con obligaciones de formación

Alemania

Alemania ha flexibilizado los requisitos de nacionalidad aplicables a los capitanes y oficiales de los buques de bandera alemana. El Gobierno federal alemán presenta esta reforma como una medida para dar «mayor flexibilidad a las empresas navieras, reforzar la competitividad y el atractivo del pabellón alemán y evitar cambios de bandera», al tiempo que se mantienen incentivos a la formación marítima nacional.

La modificación de la normativa alemana sobre dotación de los buques entró en vigor el 11 de septiembre de 2026. Con carácter general, se mantiene el requisito de que el capitán sea nacional de un país de la UE o del Espacio Económico Europeo (EEE) y, en el caso de buques de 8.000 GT o más, que al menos uno de los oficiales tenga también nacionalidad de la UE o del EEE.

Autorizaciones excepcionales para marinos de fuera de la UE y el EEE

La nueva regulación permite, no obstante, dotar los buques de bandera alemana con capitanes y oficiales que no sean nacionales de la UE o del EEE mediante una autorización excepcional, sujeta al cumplimiento de determinadas condiciones.

La flexibilización se acompaña de obligaciones dirigidas a preservar la formación y la capacidad marítima nacionales. Por cada puesto de capitán u oficial cubierto mediante esta autorización, la empresa deberá crear dos puestos de incorporación profesional o formación, que pueden incluir oficiales nóveles o alumnos.

Para las compañías que operen exclusivamente buques de menos de 500 GT se exige únicamente uno.

La autorización se concede a la empresa, no a un buque concreto, por lo que puede utilizarse de forma flexible dentro de su propia flota, y puede alcanzar una duración máxima de cinco años.

La reforma también afecta al primer registro alemán

Un aspecto especialmente relevante es que la reforma no se limita al Registro Internacional Alemán. La propia administración marítima alemana señala expresamente que «los requisitos de dotación se aplican por igual a los buques inscritos únicamente en el primer registro y a los inscritos además en el registro internacional».

De este modo, el nuevo régimen de autorizaciones excepcionales se aplica a los buques inscritos en el primer registro alemán y a aquellos que, además, figuren en el registro internacional, manteniendo las condiciones establecidas para preservar la formación marítima nacional.

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